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Revisión penal: cuando la sentencia ya está en firme

Las causales del artículo 192 y su alcance real

La cosa juzgada protege la seguridad jurídica. Pero el ordenamiento admite que una sentencia en firme puede estar construida sobre un error grave, y por eso contempla la acción de revisión.

Naturaleza excepcional

La revisión no es un recurso: es una acción autónoma que se dirige contra una sentencia ejecutoriada. Sus causales están taxativamente enumeradas en el artículo 192 del Código de Procedimiento Penal y no admiten interpretación extensiva.

Las causales de mayor uso

  • Aparición de hechos o pruebas nuevas no conocidas al tiempo del proceso.
  • Prueba de que la condena se fundó en prueba falsa.
  • Sentencia posterior que declara la falsedad de la prueba determinante.
  • Cambio favorable de jurisprudencia de la Sala de Casación Penal.

Qué es una prueba «nueva»

No es cualquier prueba que no obre en el expediente. Debe tratarse de una prueba que no pudo conocerse o aportarse durante el proceso, y que tenga aptitud para modificar la decisión. Una prueba que se decidió no aportar no es nueva.

La revisión exige más rigor que la casación, porque debe vencer la cosa juzgada.


Contenido de carácter informativo. Cada caso exige un análisis individual del expediente.

Evidence Supreme Court

Author

Néstor Caro

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